CAMBIO DE SEXO
El Artículo 10 de nuestra Constitución consagra la dignidad de la persona, además del libre desarrollo de la personalidad y en base a ello, han sido diversas las Sentencias del Tribunal Supremo que han fallado en favor del cambio de sexo, sin embargo, se exigían en las mismas ciertos requisitos: la operación previa, mediante la cual se producía un cambio irreversible y acorde con los deseos del demandante, además del necesario tratamiento médico de disforia de género. En base a ello, incluso dejo de ser un problema la celebración y reconocimiento del matrimonio con o entre transexuales, o sea, que llevando a cabo un procedimiento judicial (no exento de costes) y los trámites oportunos, se obtenía el cambio de sexo deseado con los efectos legales pertinentes.
El día ocho de marzo se aprobó la “Ley reguladora de rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas” a tenor de lo dispuesto en la misma, ya no hace falta cirugía alguna, tan solo, se precisa un informe facultativo que certifique y diagnostique la disforia de género persistente, adjuntando al mismo, certificación de que el interesado/a ha seguido un tratamiento médico con un mínimo de dos años consecutivos, para acomodarse a las características del sexo que se pretende. Con la documental se va uno/a al Registro Civil del Juzgado que le corresponda y se procede en consecuencia, dando cumplimiento a la solicitud del peticionario/a sin otro requisito.
No ignorante de la condición humana, es muy probable que salgan aprovechados que a partir de esta fecha, monten clínicas o centros dedicados al tratamiento bi anual a cambio de cuantiosas cantidades de efectivo, así como profesionales dispuestos a certificar lo que sea, a cambio de la cantidad exigida, no ignoro lo engorroso de un procedimiento judicial y más cuando el peticionario/a se ve obligado/a a exhibirse continuamente por las dependencias judiciales además de tener que explicar y ratificar sus intenciones, y, en la mayoría de los casos, apelar al Supremo para conseguir un fallo favorable, es molesto, sí, pero siempre es mejor que tener que mantener a una presunta panda de desalmados a costa de los sentimientos y deseos de cada uno/a.
Con la aprobación de los matrimonios homosexuales, se armo un follón de muy señor mío, hoy, ya esta dentro de la normalidad, al fin y al cabo no fue mas que la aceptación de un hecho que, no ha dañado a nadie. Los transexuales también forman parte de nuestro entorno, quizás con la triste imagen de la marginación y como grupo de exclusión algunos, pero están ahí, pidiendo una oportunidad, quizás lo que se ha legislado no sea lo más correcto en cuanto a las facilidades regístrales y consecuencias jurídicas, pero es cierto que tales normas no son mas que el reflejo de lo que esta aquí, la realidad pura y dura.
Insensible: Dotado de gran fortaleza para sobrellevar los males que sufre otro. A. Bierce