LA FAMA ¿PATENTE DE CORSO?
Los artistas pertenecientes a ese sector que mientras gritan la consigna de turno tienden la mano a las generosas subvenciones, un grupo de personajes varios y ahora los sindicatos, han montado una plataforma de apoyo al Magistrado Sr. Garzón que esta pasando por un “calvario” judicial debido a tres querellas por presunta prevaricacion, la primera por la causa general sobre el franquismo, que inicio para desinhibirse un año mas tarde al corroborar que todos los encausados habían fallecido, algo que todos ya sabíamos y pasándose por la torera la Ley General de Amnistía, la otra por el patrocinio de un millón setecientos mil dólares que percibió del Banco de Santander cuando se hallaba de permiso por estudios en Nueva York y precisamente cuando el perceptor de diez mil dólares por hora de conferencia, instruía un procedimiento contra el presidente y varios directivos de la precitada entidad bancaria, la tercera por vulnerar el derecho de defensa, al ordenar grabar las conversaciones entre los encausados en el “Caso Gurtel” y sus letrados, lo que seguramente conllevara la anulación de las pruebas obtenidas en el procedimiento, a todo ello, añadir el retraso de cuatro años en la instrucción del chivatazo llevado a cabo por un inspector de la Policía Nacional en el bar Faisán, cuando un grupo de la policía judicial a las ordenes del Magistrado Sr. Grande Marlasca iba a intervenir y detener a los cobradores del impuesto revolucionario de los asesinos de ETA, además de acumular una Sentencia del Tribunal Internacional de Estrasburgo por no haberse inhibido en el procedimiento llevado a cabo contra Rafael Vera ern el caso Marey
La “plataforma” de defensa del Se. Garzón se basa en que este lucha contra el franquismo lo que da a entender que constituye en si misma una patente de corso que, permite presuntas veleidades sin que nadie absolutamente nadie pueda pedirle responsabilidad alguna, los procesos se incoan bajo lo que se denomina una tutela judicial efectiva tanto para el presunto querellado como para el querellante, en base a ello, esa plataforma ignora u omite a su conveniencia la incompetencia del Magistrado para instar el proceso, una por ausencia de tipificación de las conductas, ya que los hechos no pueden calificarse ni contra crímenes contra la humanidad ni como lesa humanidad tipificado en el art. 607 bis del Código Penal, pues son anteriores a su penalización por el Estatuto de Nuremberg de 1945, por ello, no se trata de ir contra la dictadura, sino única y simplemente no se puede iniciar un proceso porque carece de la primera exigencia previa que es la tipificación del mismo, tal y como indica nuestra Constitución, a ello añadir la Ley de Amnistía de 1977, la prescripción y la falta de competencia de la Audiencia Nacional pues la causa en su caso correspondería a los juzgados donde se cometieron los delitos, en una palabra, Dürrenmatt afirmaba “Extraños tiempos en que hemos de demostrar lo evidente”.
No podemos ignorar la demostración de que ha hecho gala el Magistrado de capacidad y valentía en algunos casos de terrorismo y narcotráfico, pero ello, no lo exime de su responsabilidad en presuntos casos de prevaricación y mucho menos que desde plataformas se exija la exoneración de una conducta no ajustada a derecho y contradictoria con la función independiente del ejercicio y garante de la justicia.
No existe nada mas perverso que invocar desde la política como ha hecho el inútil de la Moncloa lo que se puede o debe hacer, lo que es apropiado o equivocado, lo que conviene o es inoportuno, la política no debe inmiscuirse en la judicatura, siendo la independencia judicial quien garantice y vele por la recta aplicación de las leyes y someta a los poderes públicos a la mas absoluta legalidad, Robespierre ya lo decía: “ Pueblo, acuérdate de que si la justicia no reina en la Republica con un imperio absoluto, la libertad no es mas que un nombre vano”, “si no hay justicia, no hay libertad” .
En una palabra, dejémonos de grupos solidarios, dejemos que los Tribunales hagan su trabajo, que apliquen la Ley, alejados de la fama y la política, al fin y al cabo los jueces y magistrados deben hablar a través de sus Sentencias, debiendo ser la discreción y el anonimato una de sus mas preciadas cualidades, lo último que precisa nuestra ya maltrecha y maltratada justicia en esta piel de toro es un juez que busque causas telegénicas para instruir, pretendiendo ser el niño en el bautizo, el novio en la boda y el muerto en el entierro.
La “plataforma” de defensa del Se. Garzón se basa en que este lucha contra el franquismo lo que da a entender que constituye en si misma una patente de corso que, permite presuntas veleidades sin que nadie absolutamente nadie pueda pedirle responsabilidad alguna, los procesos se incoan bajo lo que se denomina una tutela judicial efectiva tanto para el presunto querellado como para el querellante, en base a ello, esa plataforma ignora u omite a su conveniencia la incompetencia del Magistrado para instar el proceso, una por ausencia de tipificación de las conductas, ya que los hechos no pueden calificarse ni contra crímenes contra la humanidad ni como lesa humanidad tipificado en el art. 607 bis del Código Penal, pues son anteriores a su penalización por el Estatuto de Nuremberg de 1945, por ello, no se trata de ir contra la dictadura, sino única y simplemente no se puede iniciar un proceso porque carece de la primera exigencia previa que es la tipificación del mismo, tal y como indica nuestra Constitución, a ello añadir la Ley de Amnistía de 1977, la prescripción y la falta de competencia de la Audiencia Nacional pues la causa en su caso correspondería a los juzgados donde se cometieron los delitos, en una palabra, Dürrenmatt afirmaba “Extraños tiempos en que hemos de demostrar lo evidente”.
No podemos ignorar la demostración de que ha hecho gala el Magistrado de capacidad y valentía en algunos casos de terrorismo y narcotráfico, pero ello, no lo exime de su responsabilidad en presuntos casos de prevaricación y mucho menos que desde plataformas se exija la exoneración de una conducta no ajustada a derecho y contradictoria con la función independiente del ejercicio y garante de la justicia.
No existe nada mas perverso que invocar desde la política como ha hecho el inútil de la Moncloa lo que se puede o debe hacer, lo que es apropiado o equivocado, lo que conviene o es inoportuno, la política no debe inmiscuirse en la judicatura, siendo la independencia judicial quien garantice y vele por la recta aplicación de las leyes y someta a los poderes públicos a la mas absoluta legalidad, Robespierre ya lo decía: “ Pueblo, acuérdate de que si la justicia no reina en la Republica con un imperio absoluto, la libertad no es mas que un nombre vano”, “si no hay justicia, no hay libertad” .
En una palabra, dejémonos de grupos solidarios, dejemos que los Tribunales hagan su trabajo, que apliquen la Ley, alejados de la fama y la política, al fin y al cabo los jueces y magistrados deben hablar a través de sus Sentencias, debiendo ser la discreción y el anonimato una de sus mas preciadas cualidades, lo último que precisa nuestra ya maltrecha y maltratada justicia en esta piel de toro es un juez que busque causas telegénicas para instruir, pretendiendo ser el niño en el bautizo, el novio en la boda y el muerto en el entierro.